Hace unos dias nos pasaron una nota para firmar en la que se informaba de la obligacion de salir y entrar por la puerta de personal junto con un par de prohibiciones más: prohibido usar el ascensor y el parking del centro.
Yo personalmente no soy personal de ECI por lo que no tengo tarjeta de compra de personal sino de cliente. Creo que como cliente nadie me puede prohibir usar el parking aunque sea en horas de trabajo, ya que como cliente, compro cuando quiero y por lo tanto puedo beneficiarme de las horas gratis si compro con tarjeta.
¿Pasa esto en vuestros centros de trabajo?
Un saludo
Etiquetas: ascensor, cliente, parking, personal, prohibicion, tarjeta
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