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Buen día:
Si estoy equivocado, que alguien me corrija.
Cuenta el número de días trabajados (los domingos, festivos y las vacaciones no se cuentan) en el año, multiplicalos por las horas del turno (8, 6:40, 6:10), restalas del número total de horas a trabajar de ese año, y divide el resultado por las horas de tu turno.
Saludos
ElMundoEstaAfuera dijo:Buen día:
Si estoy equivocado, que alguien me corrija.
Cuenta el número de días trabajados (los domingos, festivos y las vacaciones no se cuentan) en el año, multiplicalos por las horas del turno (8, 6:40, 6:10), restalas del número total de horas a trabajar de ese año, y divide el resultado por las horas de tu turno.
Saludos
Hasta donde dices que multiplique por el número de horas del turno que haga estoy de acuerdo, con eso sabrá el número de horas que ha trabajado en el año. Luego debe restar esa cifra al número de horas establecidas en el convenio para saber la diferencia, que eso es el exceso de jornada o cómputo, pero ojo, las horas dependen de la jornada que tenga, por ejemplo, para la jornada completa, o sea 100% son 1770 horas, pero para los de 6 horas es un 91,20% de la jornada, ya que en vez de ser el 90% hicieron hace unos años un papelito que pasaron a firmar a la gente para que se les pagase como si hiciesen el 91,20% en vez del 90%, simplemente para que tuviesen menos exceso de jornada. Como este turno les ocurre al resto, así que cada uno vea el porcentaje de jornada que hace y ese es el tanto por ciento de las 1770 horas que debe tomar como referencia para hacer la resta, Si no me he explicado preguntadme .
luchadora dijo:ElMundoEstaAfuera dijo:Buen día:
Si estoy equivocado, que alguien me corrija.
Cuenta el número de días trabajados (los domingos, festivos y las vacaciones no se cuentan) en el año, multiplicalos por las horas del turno (8, 6:40, 6:10), restalas del número total de horas a trabajar de ese año, y divide el resultado por las horas de tu turno.
Saludos
Hasta donde dices que multiplique por el número de horas del turno que haga estoy de acuerdo, con eso sabrá el número de horas que ha trabajado en el año. Luego debe restar esa cifra al número de horas establecidas en el convenio para saber la diferencia, que eso es el exceso de jornada o cómputo, pero ojo, las horas dependen de la jornada que tenga, por ejemplo, para la jornada completa, o sea 100% son 1770 horas, pero para los de 6 horas es un 91,20% de la jornada, ya que en vez de ser el 90% hicieron hace unos años un papelito que pasaron a firmar a la gente para que se les pagase como si hiciesen el 91,20% en vez del 90%, simplemente para que tuviesen menos exceso de jornada. Como este turno les ocurre al resto, así que cada uno vea el porcentaje de jornada que hace y ese es el tanto por ciento de las 1770 horas que debe tomar como referencia para hacer la resta, Si no me he explicado preguntadme .
NMR, no se que turno tienes.
luchadora, cuando trabajaba, lo solía calcular; pero he intentado calcularselo, para el turno de 8 horas, y me sale una cantidad, que no me cuadra (volveré a intentarlo, para los tres turnos). ¿Puedes echarme una mano?.
Saludos
ElMundoEstaAfuera dijo:luchadora dijo:ElMundoEstaAfuera dijo:Buen día:
Si estoy equivocado, que alguien me corrija.
Cuenta el número de días trabajados (los domingos, festivos y las vacaciones no se cuentan) en el año, multiplicalos por las horas del turno (8, 6:40, 6:10), restalas del número total de horas a trabajar de ese año, y divide el resultado por las horas de tu turno.
Saludos
Hasta donde dices que multiplique por el número de horas del turno que haga estoy de acuerdo, con eso sabrá el número de horas que ha trabajado en el año. Luego debe restar esa cifra al número de horas establecidas en el convenio para saber la diferencia, que eso es el exceso de jornada o cómputo, pero ojo, las horas dependen de la jornada que tenga, por ejemplo, para la jornada completa, o sea 100% son 1770 horas, pero para los de 6 horas es un 91,20% de la jornada, ya que en vez de ser el 90% hicieron hace unos años un papelito que pasaron a firmar a la gente para que se les pagase como si hiciesen el 91,20% en vez del 90%, simplemente para que tuviesen menos exceso de jornada. Como este turno les ocurre al resto, así que cada uno vea el porcentaje de jornada que hace y ese es el tanto por ciento de las 1770 horas que debe tomar como referencia para hacer la resta, Si no me he explicado preguntadme .
NMR, no se que turno tienes.
luchadora, cuando trabajaba, lo solía calcular; pero he intentado calcularselo, para el turno de 8 horas, y me sale una cantidad, que no me cuadra (volveré a intentarlo, para los tres turnos). ¿Puedes echarme una mano?.
Saludos
Tú dirás....
luchadora, lo he vuelto a calcular, para el turno de 8 horas:
AÑO 2008:
366 días - (52 domingos, 13 festivos, 31 de vacaciones), son: 270 días trabajados.
270 días * 8 horas = 2160 horas
1770 horas - 2160 horas = 390 horas / 8 horas = 48,75 días IMPOSIBLE.
¿Donde esta la equivocación?
¿Para 7 horas?, el total de horas anuales, serían: ¿1548,75?
Saludos
ElMundoEstaAfuera dijo:luchadora, lo he vuelto a calcular, para el turno de 8 horas:
AÑO 2008:
366 días - (52 domingos, 13 festivos, 31 de vacaciones), son: 270 días trabajados.
270 días * 8 horas = 2160 horas
1770 horas - 2160 horas = 390 horas / 8 horas = 48,75 días IMPOSIBLE.
¿Donde esta la equivocación?
¿Para 7 horas?, el total de horas anuales, serían: ¿1548,75?
Saludos
¿Qué pasa, que no tienes días de descanso?esos debes también descontarlos y además las fiestas anuales que yo sepa son 14, 12 + las dos locales.
Mira a ver ahora con estos datos....
Para 7 horas, con la salvedad de que hubiese algún cambio como el que comenté en el turno de 6 horas que en lugar de 90% es 91,20%, serían esas las horas de cómputo.
luchadora dijo:ElMundoEstaAfuera dijo:luchadora, lo he vuelto a calcular, para el turno de 8 horas:
AÑO 2008:
366 días - (52 domingos, 13 festivos, 31 de vacaciones), son: 270 días trabajados.
270 días * 8 horas = 2160 horas
1770 horas - 2160 horas = 390 horas / 8 horas = 48,75 días IMPOSIBLE.
¿Donde esta la equivocación?
¿Para 7 horas?, el total de horas anuales, serían: ¿1548,75?
Saludos
¿Qué pasa, que no tienes días de descanso?esos debes también descontarlos y además las fiestas anuales que yo sepa son 14, 12 + las dos locales.
Mira a ver ahora con estos datos....
Para 7 horas, con la salvedad de que hubiese algún cambio como el que comenté en el turno de 6 horas que en lugar de 90% es 91,20%, serían esas las horas de cómputo.
Que tonto, se me paso el DÍA LIBRE. Me salen 6,25 días a favor. Una semanita libre, para los que tengan el turno de 8 horas.
Respecto al turno de 7 horas, y en concreto para la compañera, teniendo en cuenta:
ENERO 31 días.
FEBRERO 29 días.
MARZO 13 días.
DOMINGOS 10 días.
FESTIVOS 3 días.
TOTAL: 60 días trabajados.
Las vacaciones, son 6 días, que se las pagaron.
Tal como me confirmaste, la jornada anual serían 1548,75 horas.
Para los 60 días, serían 254,59 horas.
¿Como lo calculo?
Saludos y ¡ GRACIAS !
ElMundoEstaAfuera dijo:luchadora dijo:ElMundoEstaAfuera dijo:luchadora, lo he vuelto a calcular, para el turno de 8 horas:
AÑO 2008:
366 días - (52 domingos, 13 festivos, 31 de vacaciones), son: 270 días trabajados.
270 días * 8 horas = 2160 horas
1770 horas - 2160 horas = 390 horas / 8 horas = 48,75 días IMPOSIBLE.
¿Donde esta la equivocación?
¿Para 7 horas?, el total de horas anuales, serían: ¿1548,75?
Saludos
¿Qué pasa, que no tienes días de descanso?esos debes también descontarlos y además las fiestas anuales que yo sepa son 14, 12 + las dos locales.
Mira a ver ahora con estos datos....
Para 7 horas, con la salvedad de que hubiese algún cambio como el que comenté en el turno de 6 horas que en lugar de 90% es 91,20%, serían esas las horas de cómputo.
Que tonto, se me paso el DÍA LIBRE. Me salen 6,25 días a favor. Una semanita libre, para los que tengan el turno de 8 horas.
Respecto al turno de 7 horas, y en concreto para la compañera, teniendo en cuenta:
ENERO 31 días.
FEBRERO 29 días.
MARZO 13 días.
DOMINGOS 10 días.
FESTIVOS 3 días.
TOTAL: 60 días trabajados.
Las vacaciones, son 6 días, que se las pagaron.
Tal como me confirmaste, la jornada anual serían 1548,75 horas.
Para los 60 días, serían 254,59 horas.
¿Como lo calculo?
Saludos y ¡ GRACIAS !
La verdad es que nunca había hecho ese cálculo, pero he llegado a la misma cifra que tú haciendo una regla de tres para pasar las horas a días y multiplicar por 60, por lo que entiendo que así es.
luchadora dijo:ElMundoEstaAfuera dijo:luchadora dijo:ElMundoEstaAfuera dijo:luchadora, lo he vuelto a calcular, para el turno de 8 horas:
AÑO 2008:
366 días - (52 domingos, 13 festivos, 31 de vacaciones), son: 270 días trabajados.
270 días * 8 horas = 2160 horas
1770 horas - 2160 horas = 390 horas / 8 horas = 48,75 días IMPOSIBLE.
¿Donde esta la equivocación?
¿Para 7 horas?, el total de horas anuales, serían: ¿1548,75?
Saludos
¿Qué pasa, que no tienes días de descanso?esos debes también descontarlos y además las fiestas anuales que yo sepa son 14, 12 + las dos locales.
Mira a ver ahora con estos datos....
Para 7 horas, con la salvedad de que hubiese algún cambio como el que comenté en el turno de 6 horas que en lugar de 90% es 91,20%, serían esas las horas de cómputo.
Que tonto, se me paso el DÍA LIBRE. Me salen 6,25 días a favor. Una semanita libre, para los que tengan el turno de 8 horas.
Respecto al turno de 7 horas, y en concreto para la compañera, teniendo en cuenta:
ENERO 31 días.
FEBRERO 29 días.
MARZO 13 días.
DOMINGOS 10 días.
FESTIVOS 3 días.
TOTAL: 60 días trabajados.
Las vacaciones, son 6 días, que se las pagaron.
Tal como me confirmaste, la jornada anual serían 1548,75 horas.
Para los 60 días, serían 254,59 horas.
¿Como lo calculo?
Saludos y ¡ GRACIAS !
La verdad es que nunca había hecho ese cálculo, pero he llegado a la misma cifra que tú haciendo una regla de tres para pasar las horas a días y multiplicar por 60, por lo que entiendo que así es.
Efectivamente, por una regla de tres:
Para los 60 días, serían 254,59 horas.
Pero 60 días * 7 horas = 420 horas IMPOSIBLE
Saludos
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