El Corte ingles: El triangulo de las Bermudas

Hola a todas/os ,como ya sabemos desde hace unos meses algunas mamas que quieran pueden reducir sus jornadas para cogerse sus mañas,y estar con sus hijos por la tarde,de acuerdo con esta ley todas aquellas mamas que quieran acogerse,tienenen que reducir sus jornadas,lhasta aqui todo muy bien,pues bueno yo fui a pedirme esta reduccion de jornada porque me hacia falta,le pregraciasgunte como tenia que hacerlo y me dijeron que tenia que reducirme y yo le dije que muy bien que me reducia a 30 horas semanales y me dijeron que no que los horarios ya estaban hechos,podia reducirme o a 28h,a 24.o 20 horas .qe esos eran los horarios que el jefe de toda andalucia habia hecho y que era lo que habia,pero que en mi dpto ya habia 2 y que no sabian si me lo ivan a dar.la cuestion es si porque no puedo acogerme a esta ley con 30hras?me podeis ayudar gracias

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Respuestas a esta discusión

Te puedes reducir 1/8 de tu jornada. eso es el mínimo. De 40 horas podrías reducirte minimo 5 horas.y puedes concretar el horario, elegir turno de mañana o tarde, y sábados y festivos dependerá de tu situación (marido a turnos, madre soltera, etc)

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gracias por tu respuesta ,yo tenfo 36 hras semanales 6 diarias,y me puedo reducir a 5 hras diarias pero n o puedo acogerme a la ley de reduccion porque los horarios que hay no son de 30 semanales sino 28

ramon dijo:
Te puedes reducir 1/8 de tu jornada. eso es el mínimo. De 40 horas podrías reducirte minimo 5 horas.y puedes concretar el horario, elegir turno de mañana o tarde, y sábados y festivos dependerá de tu situación (marido a turnos, madre soltera, etc)

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presentalo por escrito y que te lo denieguen por escrito, lo tienes todo todo a tu favor, es LEY.

princesita dijo:
gracias por tu respuesta ,yo tenfo 36 hras semanales 6 diarias,y me puedo reducir a 5 hras diarias pero n o puedo acogerme a la ley de reduccion porque los horarios que hay no son de 30 semanales sino 28

ramon dijo:
Te puedes reducir 1/8 de tu jornada. eso es el mínimo. De 40 horas podrías reducirte minimo 5 horas.y puedes concretar el horario, elegir turno de mañana o tarde, y sábados y festivos dependerá de tu situación (marido a turnos, madre soltera, etc)

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no es tan facil eso me supondria muy malos rollos y harian todo lo posible para qeo me fuese,ya ha habido algunas compañeras qe lo han intentado por otros motivos, cuando lo propuse se lo comente a fasga qe es mi sindicato
y me dijeron qe si queria que me lo diesen tendriamos que ir a juicio,

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pues le dices a Fasga que te haga el documento y verás como te dan la reducción. Y no te preocupes que no te pueden echar a la calle ni tendrás que llegar a juicio y los de Personal no son idiotas y también saben lo que te pertenece.

princesita dijo:
no es tan facil eso me supondria muy malos rollos y harian todo lo posible para qeo me fuese,ya ha habido algunas compañeras qe lo han intentado por otros motivos, cuando lo propuse se lo comente a fasga qe es mi sindicato
y me dijeron qe si queria que me lo diesen tendriamos que ir a juicio,

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Como bien te han indicado, la reducción mínima es 1/8, y no es que ellos hagan unos horarios, es que tú eliges el tiempo que quieres reducir. Como ya manifesté en otra discusión en este foro, en principio quien elige el horario es la madre solicitante, pero la ley reza "Se podrá adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que establezca la Negociación Colectiva o en el acuerdo con la empresa respetando lo previsto en aquella". alguna sentencia sobre esto te adjunto a continuación,:

Sentencia favorable de variación de concreción horaria por guarda y custodia de un menor


10/10/2007



Una trabajadora de Hipercor Girona, reclama su derecho a variar su concreción horaria por cuidado de un menor, ante el Juzgado de lo Social N. 3 de Girona.
Tras haber notificado a su empresa el derecho que le confiere el Art.37.5 y 6 del Estatuto de los Trabajadores, en redacción dada por la Ley 39/1999 de 5 de noviembre y modificado por la Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo, esta le es denegada por la misma.

La trabajadora realizaba una jornada reducida, por el cuidado de un menor, del 66.25% de lunes a sábado y comunicó a la empresa su derecho a pasar a jornada del 77.12% de lunes a viernes, por causas personales justificadas, para atender al cuidado de sus hijos menores.

La negativa de la empresa se acreditaba en que los motivos de su demanda no eran excepcionales para justificar su petición, y por poder dejar a sus hijos con sus familiares.

Hay que mencionar que la trabajadora realiza sus funciones en la línea de cajas donde hay 72 trabajadores de las cuales 70 son mujeres.

Pues bien el Juzgado N. 3 de la Social de Girona resuelve que “debe prevalecer la posición que resulte más idónea para la atención al menor” y por ello “debe prevaler el interés de la trabajadora , que se ajusta a norma legal, permitiendo su ocupación laboral y posibilitando la adecuada atención a sus hijos”.

Una vez más las trabajadoras para ver ejercitados sus derechos tienen que ir a los juzgados. Lo que las empresas interpretan como su capacidad de organización en los juzgados se interpreta como derecho de ocupación laboral y posibilitación de la adecuada atención a los menores.


Este es otro caso:

GIRONA | COMERCIO
Otra sentencia ganada por reducción de jornada por guarda y custodia de menor



23/11/2007



EMPRESA DICE:
Una vez más la empresa alega que la “concreción horaria” en una reducción de jornada por maternidad entra dentro de la jornada ordinaria de la trabajadora, que en este caso es de lunes a sábado y domingos y festivos. Lo cual supone una modificación de su jornada laboral, lo que implica la facultad organizativa de la empresa y no es de libre y unilateral elección de la trabajadora.

JUZGADO RESPONDE:

La capacidad organizativa no faculta a la empresa, para que a la trabajadora se le impida atender la finalidad esencial, su derecho de protección al menor, y en estos casos de colisión de intereses, debe prevalecer, aquella condición que es más idónea para la atención del menor, con sacrificio del interés empresarial, que en estos casos no es de especial protección.

LEYES CONCERNIENTES

• Art. 37.5 y 37.6 del Estatuto de los Trabajadores
• Ley de 39/1999 de 5 de noviembre de conciliación de la vida familiar y laboral
• LO 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
• Art. 39 de la Constitución Española, mandato constitucional protección a la familia y de la infancia.

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Hola luchadora,ya se que puedo reducir mi jornada,de hecho es lo que solicite 5 horas diarias para poder salir a las 3 todos los dias y poder recoger a mi hijo.cuando fui a solicitarlo a mi dpto de perdonal le expuse lo que queria o mejor lo que necesitaba,me dijeron que me podian dar las 5 horas pero que no me podia coger las mañanas,porque que el jefe de los centros de andalucia(no recuerdo como se llama)habia estipulado tres turnos de horarios que eran 28hras,24 o 20 hrs semanales que no habia ningun turno de 30 hras,y que solo me podia acoger a eso.es decir que es lo que hay que no me puedo coger las mañas.llevo intentandolo desde que salio lo de la ley,y claro mientras que otras mamas se estan beneficiando desde hace tiempo,yo me estoy jodiendo.gracias.parece ser que no todad las mamas tenemos lo mismos derechos.

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Llegados al punto que comentas del enconamiento tonto del no porque no, habla con el jefe de personal y dile que sabes que hay sentencias favorables (las que te he puesto) dentro de otros centros, pero que no quieres llegar al extremo último puediendo solucionarlo con la normalidad que debería hacerse. Si aun así te dice que no, ya está en tus manos la denuncia, que ganarás, pero eso no lo puede hacer nadie por tí, es particular. Lo que si que puedes hacer es ir a la asesoría jurídica de UGT y que te informen y redacten lo que necesites. Un saludo.

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Hola princesita:
Como no veo ninguna respuesta posterior a febrero, me gustaría saber en que ha quedado tu reducción de jornada (soy nuevo en el foro). Tengo que decirte que aquí en Vigo, llevamos intentando que concedan reducciones por guarda legal un montón de tiempo. La empresa no quiere concederlas con los turnos que piden las afectadas (normalmente de mañana), lo que hacen es llegar a un acuerdo con la trabajadora y mandarla al supermercado, que es donde necesitan gente, ya van 3. Una de ellas firmó el acuerdo "in extremis" en el juzgado antes de entrar a juicio. Otra trabajadora que fue a juicio por su cuenta, el juez se la denegó, dándole la razón a la empresa.
Nunca llegan a un acuerdo favorable a la trabajadora por las buenas, obligando así a ir a juicio. Con los amarillos en estos casos no se puede contar.
Es cierto que hay sentencias favorables, pero vemos que aquí en Vigo no están por la labor. Hay que denunciar, es un derecho y tenemos que hacer uso de él.

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Piraña dijo:
Hola princesita:
Como no veo ninguna respuesta posterior a febrero, me gustaría saber en que ha quedado tu reducción de jornada (soy nuevo en el foro). Tengo que decirte que aquí en Vigo, llevamos intentando que concedan reducciones por guarda legal un montón de tiempo. La empresa no quiere concederlas con los turnos que piden las afectadas (normalmente de mañana), lo que hacen es llegar a un acuerdo con la trabajadora y mandarla al supermercado, que es donde necesitan gente, ya van 3. Una de ellas firmó el acuerdo "in extremis" en el juzgado antes de entrar a juicio. Otra trabajadora que fue a juicio por su cuenta, el juez se la denegó, dándole la razón a la empresa.
Nunca llegan a un acuerdo favorable a la trabajadora por las buenas, obligando así a ir a juicio. Con los amarillos en estos casos no se puede contar.
Es cierto que hay sentencias favorables, pero vemos que aquí en Vigo no están por la labor. Hay que denunciar, es un derecho y tenemos que hacer uso de él.

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piraña gano el corte ingles algun juicio en tu centro-ciudad

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